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Licitaciones públicas y “verdes”

Desde febrero de este año los criterios ecológicos y medioambientales han pasado a un primer plano dentro de las licitaciones públicas. Y es que el Plan de Contratación Pública Ecológica ha cambiado las reglas del juego añadiendo nuevos criterios decisivos a la hora de adjudicar cualquier licitación por parte del Estado, un nuevo instrumento que augura fuertes cribas en los procesos de selección.

Si bien el estudio de los pliegos y la preparación de las ofertas ya era un trabajo tedioso y complicado, con las nuevas exigencias medioambientales los factores correspondientes a esta materia regulada por una ingente cantidad de normas complican aún más el proceso.

Promover la adquisición por parte de la administración pública de bienes, obras y servicios con el menor impacto medioambiental posible; servir como instrumento de impulso de la Estrategia Española de Economía Circular, baja en carbono, eficiente en recursos, sin residuos, no contaminante y eco-innovadora; y apoyar con medidas concretas para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador son los principales objetivos que persigue el nuevo plan. No obstante, por loables que sean, esto supone que a partir de ahora se van a aplicar criterios de selección basados en la capacidad técnica medioambiental o en medidas de gestión del medioambiente y de la cadena de suministro, lo que irá en perjuicio de aquellos licitadores que no cumplan las leyes medioambientales aplicables.

Los departamentos encargados de gestionar las licitaciones se verán superados a la hora de preparar los pliegos por desconocer los detalles que pueden ayudar a inclinar la balanza a su favor

Por esta razón, al tratarse de materias complejas y no exigidas hasta ahora, los departamentos encargados de gestionar las licitaciones se verán superados a la hora de preparar los pliegos por desconocer los detalles que pueden ayudar a inclinar la balanza a su favor.

Ante esta situación, las compañías que no dispongan de un departamento jurídico ducho en materia medioambiental se verán en clara inferioridad respecto a las que sí lo tengan. Desde pymes a grandes multinacionales, todas las empresas deberán preocuparse por la legislación ambiental si tienen intención de optar a algún contrato público, y no sólo deberán asegurarse de que cumplen con los compromisos medioambientales, sino que tendrán que contar con un sistema de seguimiento de dichos compromisos y, por si fuera poco, que éstos también se apliquen a los subcontratistas.

No vale con presentar una documentación para acceder a la licitación y después si te he visto no me acuerdo

A partir de ahora se deben tener en cuenta, entender y manejar si se quiere participar en licitaciones con ciertas garantías de éxito, el análisis de los costes económicos, el análisis del ciclo vida y procesos de certificación como el de las etiquetas ecológicas, y sistemas de gestión medioambiental (EMAS) o el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono que garantiza no solo que las empresas calculen las emisiones derivadas de su actividad, sino que también pongan en marcha planes de reducción.

Los poderes públicos pueden contribuir de manera importante a la consecución de los objetivos de sostenibilidad locales, regionales, nacionales e internacionales

Y es que estas exigencias no son un mero trámite previo. No vale con presentar una documentación para acceder a la licitación y después si te he visto no me acuerdo. Estas novedades se aplican durante el proceso previo a la contratación pública, dentro del propio proceso de contratación y también durante la ejecución del contrato. Esto se debe a que las normas relativas a la exclusión y la selección persiguen garantizar un nivel mínimo de cumplimiento de la legislación ambiental por parte de los contratistas y subcontratistas, para que de esta manera el nuevo Plan de Contratación Pública Ecológica no se quede en papel mojado, sino que esté blindado contra aquellos que intenten saltarse los objetivos de sostenibilidad medioambiental.

Además, hay que recordar que el gasto público en obras, productos y servicios asciende aproximadamente a 1,8 billones de euros anuales, representando en torno a un 14% del PIB de la Unión Europea. Al hacer uso de su poder adquisitivo para elegir productos, servicios y obras de impacto ambiental reducido, los poderes públicos pueden contribuir de manera importante a la consecución de los objetivos de sostenibilidad locales, regionales, nacionales e internacionales.

En este sentido, aquellas autoridades que implanten la Contratación Pública Ecológica (CPE) estarán mejor preparadas para hacer frente a los cambiantes desafíos medioambientales, por ejemplo, para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero o avanzar hacia un modelo de economía más circular, pues si consideran todos los costes del ciclo de vida de un contrato, y no solo el precio de compra, podrán beneficiarse importantes ahorros. La adquisición de productos energéticamente eficientes o que ahorren agua, por ejemplo, puede ayudar a reducir significativamente las facturas de servicios básicos, mientras que la reducción de las sustancias peligrosas en los productos adquiridos podría reducir los costes de eliminación.

De esta forma, la CPE se convierte también en un motor fundamental de innovación, al proporcionar a la industria incentivos reales para desarrollar productos y servicios ecológicos. Esto es particularmente cierto en sectores en los que los compradores públicos representan una proporción elevada del mercado, como la construcción, los servicios de salud o los transportes. Sin embargo, no olvidemos que la CPE trae consigo más y nuevas exigencias, lo que significa mayores dificultades a la hora de presentarse a las licitaciones.

Por lo tanto, si el 30% del valor de una empresa ya dependía de su política medioambiental, aquellas con la intención de presentarse a concursos públicos deberán darle aún más valor para poder aspirar a dichos contratos. El plan se revisará en 2025 y hasta entonces habrá que convivir con él siete años en los que las normativas medioambientales serán determinantes durante el proceso previo a la contratación pública, dentro de él y durante la ejecución del contrato. Les toca a las empresas estar preparadas e informadas para no darse de bruces contra el muro de las exigencias medioambientales. Porque las licitaciones públicas, además de públicas, serán cada vez más “verdes”.

Juan Ignacio Xiberta
Área medioambiental de LIFE ABOGADOS