En un foro jurídico donde lo habitual es hablar de leyes y de impuesto resulta imposible abstraerse y olvidar la tragedia que estos días ha asolado el levante español y ha dejado al descubierto las vergüenzas de nuestro sistema y la calaña de nuestros dirigentes.
Muy a nuestro pesar, este mes de noviembre permanecerá en nuestras retinas mientras nos aguante esa memoria (de pez) que tenemos los españoles. En el transcurso de poco más de cuatro años, y casi sin recuperarnos de una pandemia que se llevó a decenas de miles de nuestros seres queridos, volvemos a sufrir unas riadas que pensábamos que sólo sufrían otros, al otro lado del televisor, muy lejos de nuestras vidas.
Este noviembre, mientras el agua se llevaba la vida de muchos compatriotas otros, “no tan patriotas”, aprovechaban la ocasión para atacar al contrincante con el fin de sacar rédito político, demostrando una vez más lo que son, una casta alejada de la realidad y de la ciudadanía, a la que exprimen, vampirizan y de la que se aprovechan, con la engañifa de que, si somos buenos, se volverán a presentar a las elecciones para que les volvamos a votar y resuelvan, de una vez por todas, nuestras vidas.
Dejando de lado la rabia que nos invade y fortalecidos por la energía que nos han transmitido quienes han tenido que enfrentarse a esta tragedia, solos en el barro, me viene a la mente esa premonitoria cita de Christopher Bullock, tradicionalmente atribuida a Benjamín Franklin, sobre las dos únicas certezas de la vida: “la muerte y los impuestos”.
Mientras que la muerte es una certeza imprevisible, nos queda la esperanza (cada vez menor) de que los impuestos sí se pueden prever y planificar, o al menos en el mes de noviembre, ese mes donde los colores ocres llenan el horizonte y aún quedan unos pequeños derechos para que los contribuyentes puedan optar por el “truco o trato” tributario.
Noviembre luce con luz propia en el calendario del fiscalista y del contribuyente avezado, pues a pesar de tener una obligación más (modelo 232), al menos se nos da la oportunidad de ejercer un par de opciones tributarias que pueden aliviar temporalmente el bolsillo de los contribuyentes.
En efecto, en el mes de noviembre los contribuyentes pueden realizar algunas opciones tributarias, en concreto, pueden optar por la inclusión en el Régimen de Devolución Mensual -REDEME-, o por el sistema de autoliquidación del IVA a la importación), pero también deben presentar el modelo 232, declaración informativa de las operaciones vinculadas realizadas en el año anterior.
Así, las sociedades cuyo ejercicio social coincida con el año natural, deberán presentar en el mes de noviembre de 2024 la información de las operaciones vinculadas realizadas en el ejercicio 2023, mientras que, si el ejercicio no coincide con el año natural, el plazo de presentación se debe realizar en el undécimo mes tras el cierre.
En nuestra tradicional CIRCULAR, abordamos lo que debes saber sobre el modelo 232 y recordamos quiénes son los obligados a informar, qué operaciones se deben reportar, cuál es el contenido de la comunicación, cómo se cumplimenta y, cuándo se presenta la declaración, evitando así sanciones por incumplimiento.
En LIFE Abogados nos sumamos al dolor de todos los afectados por las lluvias torrenciales y sus efectos y mostrar nuestra admiración y gratitud a quienes generosamente han dado lo que estaba en su mano para hacer, de forma desinteresada, una España mejor.