Claves de la estrategia nacional de contratación pública 2023-2026

¿Qué es la Estrategia Nacional de Contratacción pública (ENCP)?

La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) con fecha 28 de diciembre de 2022, y de conformidad con lo previsto en el artículo 334 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), venía a aprobar por fin la Estrategia Nacional de Contratación Pública 2023-2026 (ENCP), publicada en la Plataforma de Contratación del Sector Público, y vinculante para el sector público. Se esperaba antes del mes de agosto de 2018, por disponerlo así la propia LCSP, y el Plan de Recuperación, Transformación y Residencia del Gobierno de España también contempló la Estrategia Nacional de Contratación Pública como uno de sus compromisos.

La ENCP es pues un instrumento jurídico vinculante para el sector público, incluyendo a todos los poderes adjudicadores y entidades adjudicadoras comprendidas en el sector público estatal, autonómico y local, así como las de otros entes, organismos y entidades pertenecientes a los mismos que no tengan naturaleza de poderes adjudicadores.

Uno de los elementos, por lo tanto, en los que radica la importancia de la ENCP es que se basa en el análisis de actuaciones de contratación realizadas por todo el sector público.

¿Qué propone la ENCP a los compradores públicos?

Desarrolla la ENCP una función clave para la planificación de la contratación pública, y en este sentido propone a los compradores públicos:

  • La utilización de su poder adquisitivo de forma estratégica para obtener una mejor relación calidad-precio, y apoyar la transición hacia una economía más ecológica, más innovadora y circular, en particular invirtiendo en infraestructuras sostenibles, en productos reutilizables, reciclables, reparables y eficientes en el uso de los recursos, así como en la renovación de edificios públicos para mejorar su sostenibilidad y optimizar los costes del ciclo de vida.
  • En esta misma línea, las compras públicas pueden y deben utilizarse para apoyar los aspectos sociales y la protección de los derechos humanos en las cadenas de suministro mundiales, la inclusión social y el empleo justo para contrarrestar los efectos socioeconómicos de la crisis.
¿Cuál es básicamente el contenido de la ENCP?

En cuanto a su contenido, la ENCP aborda, entre otros, los siguientes aspectos:

  • El análisis de los datos disponibles, en las distintas fuentes de información cualitativas y cuantitativas: plataformas de contratación nacionales, información abierta de la Unión Europea en materia de contratación pública, informes de órganos de supervisión y control y de asesoramiento legal, para elaborar un diagnóstico de la situación de la contratación pública y proponer medidas prioritarias para la corrección de las disfunciones que se identifiquen.
  • La mejora de la supervisión de la contratación pública, coordinando criterios y metodologías comunes para la realización de las actuaciones de supervisión, y garantizando, en todo caso, el cumplimiento de las obligaciones de supervisión impuestas por las Directivas de contratación pública y por las instituciones comunitarias.
  • El análisis de los mecanismos de control de legalidad ex-ante y ex-post de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos y concesiones en todo el sector público.
  • La elaboración de manuales de buenas prácticas o guías que establezcan recomendaciones para aplicar en los procedimientos de contratación, que permitan preventivamente evitar la posible realización de malas prácticas en los mismos.
  • Promover la profesionalización en contratación pública mediante actuaciones de formación del personal del sector público, especialmente en aquellas entidades que carecen de personal especializado, mediante el diseño de un plan específico en materia de formación en contratación pública y otras actuaciones complementarias de promoción de la profesionalización en la contratación pública.
¿Y los objetivos, subobjetivos y actuaciones de la ENCP?

Tomando como referencia los objetivos previstos en el artículo 334.2 de la LCSP, la ENCP desarrolla los objetivos, subjetivos y actuaciones que vamos a recoger a continuación de forma sucinta. La exposición de los diferentes objetivos y subobjetivos de la ENCP se aborda con arreglo a un esquema común que se estructura en los siguientes epígrafes: 1) Significado e importancia del objetivo/subobjetivo. 2) Situación respecto a su cumplimiento y de los problemas detectados a la vista del análisis de las actuaciones de los órganos de contratación. 3) Objetivos/subobjetivos estratégicos, objetivos operativos y actuaciones propuestas. 4) Órganos responsables de la ejecución y seguimiento de las actuaciones.

Veamos sucintamente los objetivos marcados por la ENCP:

  • Combatir la corrupción y las irregularidades en la aplicación de la legislación sobre contratación pública. Mejora de la supervisión de la contratación pública. Mejora de los mecanismos de control de la legalidad ex-ante y ex-post de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos y concesiones en todo el sector público.
  • Incrementar la profesionalización de los agentes públicos que participan en los procesos de contratación.
  • Promover la eficiencia económica en los procesos de obtención de bienes, servicios y suministros para el sector público, estimulando la agregación de la demanda y la adecuada utilización de criterios de adjudicación.
  • Generalizar el uso de la contratación electrónica en todas las fases del procedimiento y establecer una estrategia común de datos en la contratación.
  • Utilizar las posibilidades de la contratación pública para apoyar políticas ambientales, sociales y de innovación.
  • Promover la participación de las PYME en el mercado de la contratación pública.
  • Promover un marco normativo claro y estable con el fin de dotar de seguridad jurídica a la contratación pública
¿Es una mera declaración de intenciones la ENCP? Ejecución y seguimiento.

La ENCP no pretende ser una mera declaración de intenciones, y por lo tanto su carácter vinculante se remarca al indicar que las actuaciones previstas en la ENCP se deberán realizar por las Administraciones públicas, órganos y entidades del sector público competentes en cada caso, de acuerdo con lo previsto en este documento, siempre que cuenten con la efectiva disposición de los medios materiales y, sobre todo, personales necesarios para ello. A su vez, para garantizar su cumplimiento, se establecen en la ENCP mecanismos de seguimiento por las diferentes Secciones del Comité de Cooperación en materia de contratación pública, y de evaluación, con la intervención del mismo comité, d la OIRESCON y de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

Haremos especial referencia a uno de los objetivos de la ENCP: la promoción de la eficiencia económica en la compra pública.

Entre los objetivos fijados en la ENCP y que hemos recogido sucintamente, queremos destacar la promoción de la eficiencia económica en los procesos de obtención de bienes, servicios y suministros para el sector público, estimulando la agregación de la demanda y la adecuada utilización de criterios de adjudicación. Y sobre todo lo destacamos porque, además de la vertiente de este objetivo que afecta a la Administración en la eficiencia de sus recursos, incide de forma directa en los licitadores que contratan con la Administración, pues de suyo es que la eficiencia económica en los procesos de licitación, que como veremos en la Estrategia va mucho más allá de la consideración del precio como criterio de adjudicación, incide de forma importante en la apertura a la concurrencia en la compra pública.

La LCSP ya se marcó como objetivo obtener una mejor calidad-precio en las prestaciones contratadas, promoviendo la mayor eficiencia en el gasto público en la línea de lo previsto en las Directivas de la UE.

En esta línea, la ENCP pretende promover un modelo de contratación en el que, junto al precio, se ponga en valor la calidad de la prestación como elemento que en muchas ocasiones resulta irrenunciable de la gestión del contrato y manifestación concreta del principio de eficiencia y control del gasto.

Los diferentes informes de OIRESCON han puesto en evidencia cuestiones relacionadas con la práctica de algunos órganos de contratación, con incidencia en la eficiencia económica de la contratación pública, según se relaciona en la ENCP.

Por ello, se marca como objetivo estratégico promover la eficiencia administrativa en la contratación pública, agilizando los procedimientos de adjudicación de contratos mediante la simplificación de trámites y eliminación de cargas burocráticas; y la eficiencia económica, mediante la agregación de la demanda, la adecuada utilización de los criterios de adjudicación y el otorgamiento de la adecuada ponderación a la calidad: todo ello, con respeto a los principios de la contratación pública.

Y como objetivos operativos:

  • Mejorar la programación y evaluación de los contratos del sector público.
  • Promover el acceso del mayor número de licitadores posibles, eliminando trabas burocráticas y requisitos desproporcionados.
  • Favorecer una mayor agilidad y eficacia de los procedimientos de contratación, con respeto a los principios que rigen la contratación pública.
  • Potenciar los instrumentos de contratación centralizada y racionalización de la contratación.
  • Impulsar la mejora de los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas, y la utilización estratégica de los criterios de adjudicación, de forma que se obtenga la mejor calidad-precio en la prestación contractual.
  • Promover la mejora en la ejecución contractual para permitir una mayor eficiencia en la satisfacción de las necesidades públicas.

Previéndose, para el cumplimiento de los objetivos, las siguientes actuaciones:

  • Promover el acceso del mayor número de licitadores posibles, eliminando trabas burocráticas y requisitos desproporcionados.
  • Favorecer una mayor agilidad y eficacia de los procedimientos de contratación, con respeto a los principios que rigen la contratación pública.
  • Potenciar los instrumentos de contratación centralizada y racionalización de la contratación.
  • Impulsar la mejora de los pliegos y los criterios de adjudicación a utilizar, de forma que se obtenga la mejor calidad-precio en la prestación contractual.
  • Promover la mejora en la ejecución contractual para permitir una mayor eficiencia en la satisfacción de las necesidades públicas.
  • La Estrategia establece en este apartado de la eficiencia en la compra pública como órganos responsables de la ejecución de las actuaciones la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en el ámbito de sus respectivas competencias; y para el seguimiento, el Pleno y Sección de Regulación del Comité de Cooperación en materia de contratación pública.

Julián Huete Cervigón
LIFE Sector Público