El Régimen de Consolidación Fiscal es un régimen de tributación voluntario que se puede aplicar dentro del Impuesto de Sociedades frente a la consolidación contable que sería obligatoria.
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Para poder beneficiarse de las ventajas del Régimen de Consolidación Fiscal es necesario crear un grupo fiscal formado por el conjunto de Sociedades Anónimas, Limitadas y Comanditarias residentes en territorio español y que esté formado por una sociedad dominante y otras dependientes.
El artículo 58 del Impuesto de Sociedades establece que una sociedad dominante es aquella en la que el porcentaje de participación sobre la sociedad dependiente sea de al menos un 75%, un 70% cotizadas. Además, debe tener personalidad jurídica, estar sujeta y no exenta al Impuesto sobre Sociedades y contar con la mayoría de los derechos de votos de las dependientes. Los requisitos para ser entidad dependiente se simplifican a ser una entidad sobre la que la dominante tenga la mayor participación o ser establecimientos permanentes de entidades no residentes.
Otro requisito para acogerse al Régimen de Consolidación Fiscal es que este solo será efectivo cuando lo acuerden todas y cada una de las entidades que deban integrar el grupo fiscal. La aplicación de este régimen implica la ausencia de tributación individual, por lo que si no hay acuerdo, cada una de ellas tributará como sujeto pasivo independiente a la hora de realizar sus liquidaciones de Impuesto sobre Sociedades e IVA.
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