Queridos amigos,
Al margen de otras obligaciones tributarias de las que venimos informando puntualmente (y a las que podéis acceder en nuestra web: https://lifeabogados.com/flashes-de-life/) , queremos recordar que durante el mes de enero de 2022 es posible solicitar al Ayuntamiento de Madrid la aplicación de determinadas bonificaciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) para el año 2022, siempre y cuando se trate de contribuyentes que estén obligados a pagar el impuesto y tributen por cuota municipal.
Listado de Bonificaciones aplicables en la cuota del IAE-2022 en Madrid:
- Bonificación por inicio de actividad.
Aquellas entidades que hayan iniciado una actividad recientemente tienen derecho a aplicar una bonificación del 50% de la cuota durante el tercer y cuarto año desde el inicio de la misma, toda vez que los dos primeros años de actividad están exentos de IAE.
- Bonificación por creación de empleo.
Se establece una bonificación del 40% ó 50%, en función del porcentaje de incremento de plantilla respecto de trabajadores con contrato indefinido durante el año 2021 respecto del año 2020.
En caso de entidades que formen parte de un grupo mercantil con obligación de consolidar contablemente, se tomará el conjunto de los incrementos de plantilla de todas las sociedades que compongan dicho grupo.
- Bonificación por inversión en energías renovables.
Se establece una bonificación del 50% para aquellas sociedades que hayan instalado, para su autoconsumo, alguna de las energías renovables solar (térmica y fotovoltaica) y/o geotérmica, con una potencia mínima de producción de 50Kw, si bien la bonificación no podrá exceder del 30% del coste de ejecución material de la instalación.
- Bonificación por obtención de rendimiento de actividad negativo en el año 2020.
Se establece una bonificación del 25% para aquellas personas o entidades que hayan declarado un rendimiento de actividad negativo (en el caso de sociedades, se asimilará el rendimiento negativo a la Base Imponible Negativa, BIN en el año 2020, sin incluir en la misma, las compensaciones de BIN de ejercicios anteriores, ni los beneficios o pérdidas procedentes de activos no corrientes).
En caso de que la sociedad forme parte de un grupo mercantil con obligación de consolidar contablemente, se tomará el conjunto de las Bases Imponibles declaradas por todas las sociedades que compongan dicho grupo.
- Bonificación por uso de Transporte.
Se establece una bonificación que podría oscilar entre el 10% y el 50% cuando al menos el 20% de la plantilla de la entidad sea beneficiaria de un plan de transportes que ayude a reducir las emisiones en Madrid, fomentando el transporte público o el transporte colectivo o compartido, siempre y cuando los trabajadores desarrollen su actividad en el término municipal de Madrid.
Recomendamos que cada entidad revise si se cumplen los requisitos para poder aplicar alguna de las citadas bonificaciones en el IAE-2022, pues la comunicación deberá efectuarse durante el mes de enero.
Al igual que el Ayuntamiento de Madrid, existen otros municipios que tienen aprobadas determinadas bonificaciones en la cuota, por lo que las compañías deberán revisar si en el municipio de ejercicio de la actividad que dé lugar a la tributación en el IAE existen bonificaciones aprobadas.
Como siempre, el equipo fiscal de LIFE ABOGADOS está a vuestra disposición para despejar cuantas dudas os puedan surgir.
Un saludo.