Posibilidad de renunciar al REDEME y al REGE, hasta 15 de junio, para escapar del SII

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Plazo de renuncia «extraordinaria» al Régimen de devolución mensual de IVA (REDEME) o al de grupo de entidades de IVA (REGE), hasta el día 15 de junio de 2017

Los contribuyentes que hubieran optado por la aplicación del Régimen de Devolución Mensual (REDEME) y el Régimen de Grupo de Entidades (REGE) podrán renunciar a su aplicación, hasta 15 de junio de 2017, con el fin de quedar excluidos de informar del contenido sus libros registros mediante el SII.