Nuevas decisiones Covid: se pospone la obligación de presentar el concurso de acreedores y las pérdidas de 2021 no se tienen en cuenta para determinar la causa de disolución por pérdidas

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Estimados amigos,

El Real Decreto Ley 27/2021 ha acordado suspender otra vez la obligación de presentar el concurso de acreedores a las personas y entidades insolventes. Esta vez el plazo se lleva hasta el 30 de junio de 2022.

Asimismo, como ya se hizo al inicio de la pandemia con las pérdidas de 2020, las de 2021 tampoco computarán a los efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución por pérdidas prevista en el artículo 363 letra e de la Ley de Sociedades de Capital. Se da otro respiro a los empresarios más apurados. 

Aprovechad este tiempo para tratar de regularizar la situación, si los continuos golpes de la crisis internacional os lo permiten. Si no, tomad medidas con tiempo. Estas decisiones no son para dejar pasar el tiempo, sin más, sino para poder tomar decisiones con calma.

Estamos, como siempre, a vuestra disposición para ayudaros a tomar decisiones pensadas.

El equipo de LIFE ABOGADOS