Exterior: declarar inversiones y/o transacciones

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La Circular 4/2012, de 25 de abril, del Banco de España, establece la obligación de declarar por parte de las personas físicas y jurídicas residentes en España las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros realizados con no residentes, mediante el “Formulario ETE”.

Por resolución de 24 de enero de 2013 de la Dirección General de Comercio e Inversiones se aprobaron las instrucciones para la declaración al Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el exterior en empress que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, cuando los valores se depositen en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión, mediante el “Modelo D-6”